COMUNICADO IMPORTANTE

A PARTIR DEL 14/01/2022 NO SE ACEPTARÁN CITAS FUERA DE LA FECHA DESIGNADA - VERIFIQUE SUS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN ANTES DE ASISTIR A SU CITA SIGUIENDO LOS REQUISITOS DE ESTE ENLACE

MÁS INFORMACIÓN

COMUNICADO IMPORTANTE

LOS DOCUMENTOS ILEGIBLES, BORROSOS O DESENFOCADOS NO SERÁN ACEPTADOS PARA LAS SOLICITUDES DE VISA

EN HORARIO DE 08:00 A 10:00 AM

CITA ENTREVISTA DE VISA

Las citas para la entrevista de visa turista serán atendidas de 8:00 am a 10:00 am por orden de llegada.

MÁS INFORMACIÓN

PREGUNTAS FRECUENTES

RETIRO DE PASAPORTES (1)

NO. Únicamente se permite al titular del trámite entregar y retirar su pasaporte para el estampado de visa, para las diligencias en favor de menores de edad, ambos padres deberán estar presentes al momento de entrega y retiro del pasaporte, si uno o ambos padres se encuentran fuera del territorio venezolano, deberán emitir autorización notariada o autenticada por el Consulado de la República Bolivariana de Venezuela ante el país de residencia donde se encuentre dicho padre o madre.

SOLICITUDES DE VISA (13)

Debe solicitar una cita de atención, dicha solicitud se realiza únicamente a través de la página web del Servicio Nacional de Migración de Panamá www.migracion.gob.pa por medio de la sección Migración en línea, sub sección solicitudes, menú visas.

El sistema permite visualizar la opción de «Llenar formulario» cuando existe disponibilidad de atención y citas, de lo contrario (si no ve el botón llenar formulario) es debido a que no hay citas disponibles , por lo que debe seguir intentando.

NO. Ni la Embajada ni la Sección Consular tienen la potestad ni libertad de emitir citas extraordinarias para visa turista, permisos especiales de entrada al país, ni estampado de visas que no hayan sido previamente analizados y autorizados por el Servicio Nacional de Migración de Panamá. Todo caso particular o especial debe ser remitido y presentado ante el Servicio Nacional de Migración de Panamá.

Vea la respuesta a la pregunta «Considero que mi caso es particular o especial, ¿El consulado de Panamá en Caracas me podrá otorgar una visa especial?» para más información.

Vea la respuesta a la pregunta «Considero que mi caso es particular o especial, ¿El consulado de Panamá en Caracas me podrá otorgar una visa especial?» para más información.

No. Vea la respuesta a la pregunta «¿Donde hago la solicitud de visa?» para más información.

No. Vea la respuesta a la pregunta «¿Donde hago la solicitud de visa?» para más información.

No. Vea la respuesta a la pregunta “¿Donde hago la solicitud de visa?” para más información.

  1. Presentar original y copia completa del pasaporte o documento de viaje con un mínimo de tres (03) meses de vigencia desde la carátula hasta la última página, debe ser 4 hojas del pasaporte legible y visible en una página, solamente en una sola cara de dicha página.
  2. Reservación aérea comprobada con itinerario de continuación del viaje o tiquete electrónico, este debe tener un mínimo de 20 días de plazo antes de tramitar la visa.
  3. Copia del documento de identificación vigente, legible y visible.
  4. Tres (03) fotografías tamaño visa (4 cm x 4 cm).
  5. Comprobante del pago de la visa legible y visible el cual puede realizar en una de las siguientes maneras:
    1. Realizar el pago de la visa y los servicios consulares (60.00) Dólares Americanos en las sucursales del Banco Nacional de Panamá con la siguiente información: Cuenta Corriente No: 10000186369 a nombre de AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ, SECCIÓN CONSULAR CARACAS VENEZUELA.
    2. Realizar el pago de la visa (50.00) Dólares americanos en las cajas que se encuentran en la sede del Servicio Nacional de Migración en Panamá y el pago de los servicios consulares (10.00) Dólares Americanos en el Banco Nacional de Panamá con la información presentada en el punto anterior.
  6. Prueba de la solvencia económica para su manutención y sustento según el término de estadía en el país, la cual no podrá ser inferior a (500.00) Dólares Americanos y se demostrará con alguna de las siguientes opciones:
    1. Certificación bancaria, con estado de cuenta del último mes que refleje saldos disponibles.
    2. Certificado de trabajo con último recibo de sueldo o acreditación de trabajador independiente, en caso de tratarse de un empleado de entidad pública o privada.
    3. Documento que demuestre la pensión o jubilación con su comprobante de pago; de tratarse de una persona pensionada o jubilada.
    4. De ser independiente: declaración de renta del último año fiscal.
    5. Carta de responsabilidad, certificación que compruebe el parentesco y prueba de solvencia económica si se trata de una persona económicamente dependiente.
  7. Reservación de hotel confirmada. (si procede).
  8. Presentar, si procede, carta de invitación, en cuyo caso podrá ser realizada por:
    1. Residentes temporales, permanentes o panameños desde Panamá, adjuntando lo siguiente según sea el caso:
      1. Copia autenticada de cédula de identidad personal del nacional.
      2. Copia de las generales del pasaporte y del documento de identificación del extranjero.
      3. Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos, donde conste la ubicación de la residencia del responsable.
    2. Entidades privadas, adjuntando lo siguiente:
      1. Certificación del Registro Público.
      2. Copia del Aviso de Operaciones.
      3. Copia de recibo de pago por la prestación de servicios públicos donde conste la ubicación de la empresa responsable.
  9. De aplicarse el numeral anterior, la solvencia económica del responsable que invita, podrá acreditarse con algunos de los siguientes documentos:
    1. Certificación bancaria.
    2. Declaración de renta con su paz y salvo.
    3. Carta de trabajo con última ficha de la Caja de Seguro Social en el caso de personas naturales.
  10. Se le realizará una entrevista en el consulado.
  11. El formulario de SOLICITUD DE VISA TURISTA que aparece después del comprobante de cita debe ser impreso, llenado por el solicitante y es obligatorio presentarlo junto con toda la documentación.
  12. El documento que aparece después del comprobante de cita el Checklist debe ser impreso y es obligatorio presentarlo junto con toda la documentación. Este documento NO debe ser llenado ya que el mismo será utilizado por el personal del consulado.
  13. El boleto de viaje debe tener un tiempo mínimo de 20 días de plazo antes de tramitar la visa.
  14. TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBE SER ENTREGADA EN UN FOLDER (CARPETA) 8.5 X 11.

Parágrafo: cuando la solicitud sea para persona menor de edad, deberá hacerse uno de sus progenitores o quien tenga la guarda y crianza acreditada, contar con el permiso respectivo de las autoridades correspondientes en el caso de que no viaje con ambos padres.

DEBE SOLICITAR UNA CITA DE ATENCIÓN, DICHA SOLICITUD SE REALIZA ÚNICAMENTE A TRAVÉS DE LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN DE PANAMÁ WWW.MIGRACION.GOB.PA POR MEDIO DE LA SECCIÓN MIGRACIÓN EN LÍNEA, SUB SECCIÓN SOLICITUDES, MENÚ VISAS.

IMPORTANTE

A PARTIR DE LA FECHA 14/01/2022 NO SE ACEPTARÁN CITAS FUERA DE LA FECHA DESIGNADA

ANTES DE ACUDIR A SU CITA DEBERÁ PRESENTAR Y PROCURAR LOS DOCUMENTOS SEGUN SEA EL CASO DE LA SIGUIENTE MANERA:

TODOS LOS DOCUMENTOS A PRESENTAR deberán estar debidamente notariado, apostillado o autenticados por el Consulado de Panamá en Venezuela.

DE PRESENTAR INFORME DE INGRESOS DE PERSONA NATURAL O COMPILACION FINANCIERA, DEBE ESTAR LEGALIZADA POR COLEGIO DE CONTADORES


CARTAS DE INVITACIÓN/RESPONSABILIDAD EMITIDAS EN PANAMA DEBEN DE ESTAR NOTARIADAS, AL IGUAL QUE EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD POR AMBAS CARAS DE QUIEN INVITA


CARTAS DE INVITACION/ RESPONSABILIDAD EMITIDAS EN VENEZUELA DEBEN ESTAR LEGALIZADA EN EL CONSULADO DE PANAMA EN CARACAS


DOCUMENTOS A APORTAR SEGÚN SEA EL CASO:

  1. ACTAS DE NACIMIENTO ORIGINAL LEGALIZADAS POR SAREN Y POR EL CONSULADO E PANAMÁ EN CARACAS
  2. ACTAS DE MATRIMONIO ORIGINAL LEGALIZADA POR SAREN Y CONSULADO DE PANAMA EN CARACAS
  3. CARTA DE RESPONSABILIDAD/AUTORIZACIÓN DE PADRES LEGALIZADA POR CONSULADO DE PANAMA EN CARACAS
  4. PATRIA POTESTAD EN ORIGINAL, POR LOPNA
  5. ACTA DE DEFUNCIÓN EN ORIGINAL/LEGALIZADA SEGÚN SEA EL CASO POR ESTE CONSULADO DE PANAMA EN CARACAS

TODA CARTA DE RESPONSABILIDAD EMITIDA POR UNA PERSONA NATURAL O JURÍDICA
(EMITIDA EN PAPEL MEMBRETE DE LA EMPRESA), DEBERÁ INCLUIR:

  1. QUE SE COMPROMETE A ASUMIR EL SUSTENTO ECONÓMICO O EL PAGO DEL SALARIO,
    SEGÚN SEA EL CASO;
  2. QUE SE COMPROMETE A ASUMIR LOS GASTOS DE RETORNO O REPATRIACIÓN A SU PAÍS
    DE ORIGEN O DESTINO, EN CASO NECESARIO;
  3. DEBE ESTAR ACOMPAÑADA DE RECIBO DE SERVICIOS PÚBLICOS, CONTRATO DE
    ARRENDAMIENTO, RESERVA DE HOTEL O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE COMPRUEBE
    EL DOMICILIO EXTRANJERO DURANTE SU ESTADÍA EN EL TERRITORIO NACIONAL;
  4. LA FIRMA DEBE ESTAR AUTENTICADA POR NOTARIO PÚBLICO.

LAS FOTOS QUE DEBA APORTAR UN SOLICITANTE SERÁN RECIENTES, TAMAÑO CARNÉ,
DE FRENTE, CON EL ROSTRO DESCUBIERTO.

TODOS LOS DOCUMENTOS QUE SEAN EXPEDIDOS EN EL EXTRANJERO DEBERÁN
CUMPLIR CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

  1. ESTAR DEBIDAMENTE APOSTILLADOS O AUTENTICADOS POR LA EMBAJADA O CONSULADO
    DE PANAMÁ EN EL PAÍS QUE LOS EXPIDIÓ Y POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
    DE PANAMÁ;
  2. DE NO EXISTIR CONSULADO O EMBAJADA PANAMEÑO EN EL PAÍS QUE LO EMITE, SE
    DEBE ACREDITAR TAL SITUACIÓN Y PROCEDER A AUTENTICARLO EN LA EMBAJADA O CONSULADO
    DE UN PAÍS AMIGO;
  3. TODO DOCUMENTO DEBE ESTAR EN IDIOMA ESPAÑOL DE LO CONTRARIO DEBE SER
    TRADUCIDO POR UN TRADUCTOR PÚBLICO AUTORIZADO CON REFERENCIA A LA RESOLUCIÓN QUE LO
    AUTORIZA COMO TRADUCTOR EN LA REPÚBLICA DE PANAMÁ;
  4. SI HACE REFERENCIA A MONEDA EXTRANJERA DEBERÁ PRESENTAR LA CONVERSIÓN DONDE
    SE DETALLE SU EQUIVALENTE EN DÓLARES, EMITIDA POR UNA ENTIDAD COMPETENTE.

Si el sistema no le permite visualizar la opción «llenar formulario» es debido a que no se posee disponibilidad de citas, por lo que deberá seguir intentando.

De no lograr obtener una cita, puede hacer uso de un apoderado legal en la ciudad de Panamá, quien podrá realizar la solicitud de cita de cortesía para le entrevista en el Consulado en Caracas, Venezuela.

Alternativamente, dicho apoderado legal podrá realizar la solicitud de visa panameña en su totalidad ante las taquillas del Servicio Nacional de Migración de Panamá y una vez aprobada la visa se procedería al estampado de la misma en el Consulado en Caracas.

Ni la Embajada ni la Sección Consular tienen la potestad ni libertad de emitir citas extraordinarias para visa turista, permisos especiales de entrada al país, ni estampado de visas que no hayan sido previamente analizados y autorizados por el Servicio Nacional de Migración de Panamá. Todo caso particular o especial debe ser remitido y presentado ante el Servicio Nacional de Migración de Panamá.

NO. Los requisitos para la solicitud de visa de turismo indica claramente que se debe hacer una RESERVACIÓN

NO. Los pagos deben realizarse por medio de depósito bancario en las sucursales del Banco Nacional de Panamá o por medio de transferencia desde una cuenta bancaria en Panamá.

El pago debe hacerse antes de asistir a su cita adjuntando el comprobante correspondiente.

Si el pago fuese hecho por terceros en Panamá, se permite que el comprobante de pago se le sea enviado vía correo electrónico e impreso por usted en el territorio venezolano.

NO. Únicamente se admite alguno de los siguientes opciones:

  • Certificación bancaria, con estado de cuenta del último mes que refleje saldos disponibles.
  • Certificado de trabajo con último recibo de sueldo o acreditación de trabajador independiente, en caso de tratarse de un empleado de entidad pública o privada.
  • Documento que demuestre la pensión o jubilación con su comprobante de pago; de tratarse de una persona pensionada o jubilada.
  • De ser independiente: declaración de renta del último año fiscal.
  • Carta de responsabilidad, certificación que compruebe el parentesco y prueba de solvencia económica si se trata de una persona económicamente dependiente.

VIAJES A PANAMÁ (6)

Necesitará tener su pasaporte o prórroga con al menos seis (06) meses de vigencia. Adicionalmente necesitará demostrar su permiso de entrada al país, los cuales son la visa estampada vigente, o poseer visa o residencia debidamente expedida por Australia, Canadá, Corea, Estados Unidos, Gran Bretaña, Irlanda del Norte, Japón, Singapur o cualquiera de los Estados que conforman la Unión Europea siempre y cuando la misma haya sido utilizada en el territorio del Estado que la otorgó y su vigencia no sea inferior a 6 meses al momento de ingresar a Panamá.

Se permite una estadía máxima de 12 horas de tránsito en el aeropuerto internacional de Panamá sin necesidad de visa o permiso de entrada, de lo contrario (si su tránsito es mayor a 12 horas) se le solicitará demostrar su permiso de entrada al país. Para más información, vea la respuesta a la pregunta «¿Que necesito para ingresar a Panamá?»

Sí. Vea la respuesta a la pregunta «¿Que necesito para ingresar a Panamá?» para más información.

Sí. Vea la respuesta a la pregunta «¿Que necesito para ingresar a Panamá?» para más información.

Siempre y cuando la visa haya sido utilizada en el territorio de los Estados Unidos y su vigencia no sea inferior a seis (06) meses al momento de ingresar a Panamá. De igual forma necesitará tener su pasaporte o prórroga con al menos seis (06) meses de vigencia.

NO. Ni la Embajada ni la Sección Consular tienen la potestad ni libertad de emitir citas extraordinarias para visa turista, permisos especiales de entrada al país, ni estampado de visas que no hayan sido previamente analizados y autorizados por el Servicio Nacional de Migración de Panamá. Todo caso particular o especial debe ser remitido y presentado ante el Servicio Nacional de Migración de Panamá.