FÉ DE VIDA

Los funcionarios consulares de la República de Panamá en el ejercicio de sus funciones notariales dentro de su jurisdicción consular tienen la potestad de expedir a solicitud del interesado una Fe de Vida para comprobar la existencia de una persona ante las autoridades competentes.La Fe de Vida que expiden los agentes consulares a los jubilados y pensionados de la Caja del Seguro Social debe reunir las siguientes formalidades:

  1. El interesado debe comparecer personalmente al Consulado de Panamá en Caracas.
  2. Si el interesado vive distante o en un lugar donde no haya representación consular, puede solicitar a un Notario Público de ese lugar que le expida la Fe de Vida.
  3. En estos casos los jubilados o pensionados pueden remitir el documento por correo al Consulado Panamá más cercano para que autentique la firma del notario previa legalización de la rúbrica de Notario Público por las autoridades competentes de ese país.
  4. Debe presentar su carnet de jubilado o pensionado de la Caja de Seguro Social.
  5. Cada año el jubilado o pensionado deberá gestionar el Certificado de Fe de Vida ante el Consulado.
  6. El costo por la expedición del Certificado de “Fe de Vida” es gratuito.